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El fiscal pide al Supremo que condene al juez Ferrín Calamita como prevaricador

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Mensaje  Admin Lun 26 Oct 2009 - 23:50

Tanto el fiscal como el abogado de las afectadas por la actuación del juez Fernando Ferrín Calamita en un expediente de adopción abierto por un matrimonio de lesbianas creen que el magistrado no sólo "retrasó maliciosamente" la adopción, hecho por el que fue condenado hace 10 meses, sino que prevaricó en varias ocasiones; esto es, dictó resoluciones injustas a sabiendas. Lo peor que puede hacer un juez en el ejercicio de sus funciones. Ambos han pedido, en la vista celebrada este jueves en el Tribunal Supremo, que se le castigue como tal. El abogado de Ferrín ha pedido su absolución alegando que el juez, ante una situación "completamente nueva", aplicó nuevos criterios.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó a Ferrín Calamita en diciembre de 2008 a dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo y cargo público, así como a pagar 6.000 euros de indemnización a la pareja denunciante. El fiscal y el abogado de las dos mujeres recurrieron en casación. Ferrín también lo hizo, para sostener que no cometió delito alguno.

El fiscal, Antonio Barranco, afirma que algunas resoluciones dictadas por Ferrín son "inequívocamente prevaricadoras" y revelan que el magistrado no sólo quería retrasar una adopción "que cumplía todos y cada uno de los requisitos legalmente exigidos", sino que tenía la "voluntad inequívoca" de dificultarla e impedirla "por medios espurios". Asegura que los requisitos de este delito -que se trate de una "patente, notoria e incuestionable contradicción con el ordenamiento jurídico"- concurren en el caso. Hubo una "clara intención homófoba" y "voluntad de contrariar de manera grosera la ley", según el ministerio público, que pide una inhabilitación de 18 años para el juez por "prevaricación continuada" con la agravante de haber cometido el delito por la orientación sexual de la víctima.

El abogado del magistrado Ferrín Calamita, Javier María Pérez-Roldán, ha seguido una línea de defensa clara: la situación era "completamente novedosa", había "menores en juego" y, por lo tanto, el juez debía adoptar medidas de excepción. "Era un caso nuevo y el juez decidió mirarlo con lupa, ¿con qué se podía comparar?" se ha preguntado el abogado, como si estuviera fuera de lugar comparar este expediente con una adopción por parte de una pareja heterosexual.

La homosexualidad era, de hecho, la única situación "novedosa": la niña iba a crecer con dos madres en lugar de con un padre y una madre. Pero esta era una posibilidad que el legislador había ya incluido en el ordenamiento jurídico y que los jueces, en tanto aplicadores de la ley, deben acatar; no valorar y discutir consigo mismos o con otros si van a hacerla cumplir o no.

"Al juez no le gusta lo que dicen y quiere que digan lo que quiere oír: que el matrimonio homosexual es dañino para la niña porque así lo ha decidido él, diga lo que diga la ley", señaló el TSJ en la sentencia de condena. Y añadió que el retraso en el expediente, en el que "se inventan trámites y requisitos no exigidos por la ley", se produjo "por una auténtica compulsión homófoba".

En los procesos en que uno de los cónyuges solicita la adopción del hijo biológico de su esposo o esposa -lo que ocurría en este caso, en el que la niña fue concebida mediante inseminación artificial por una de las mujeres y su esposa procedió a adoptarla después- no se necesita procurador. El juez Ferrín lo exigió. Tampoco es necesario, ni mucho menos habitual, nombrar un defensor judicial a los menores en este tipo de adopciones. Ferrín también lo hizo, "con el peregrino argumento de los intereses contrapuestos de madre e hija", según el tribunal.

El juez pidió un informe al equipo psicosocial del juzgado. Como no le gustaron los resultados (la psicóloga y la trabajadora social concluyeron que la niña estaba perfectamente), preguntó sobre "la influencia sobre la menor de carecer de figura paterna y tener dos maternas", "la probabilidad de que la menor salga homosexual visto el ejemplo" y sobre el "derecho del menor a ser insertado en familia 'normal". Después, decidió cuestionar ante el Tribunal Constitucional la ley que modificó el Código Civil para permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo y equipararlos a los heterosexuales. Todos estos trámites retrasaron la adopción durante meses y por ellos fue condenado el magistrado. Antes de la sentencia, en febrero de 2008, le suspendieron de empleo y sueldo.

El abogado de las afectadas, José Luis Mazón, pide al Supremo una condena de 18 años de inhabilitación y multa por prevaricación continuada. De forma subsidiaria, por si el Supremo no le da la razón, pide que se le castigue por un delito de discriminación por razón de orientación sexual a tres años de prisión e inhabilitación por cuatro años. "El magistrado ha dictado una serie de resoluciones arbitrarias, estrafalarias, inauditas, por el solo hecho de que la adopción la quería llevar a cabo una pareja de mujeres", ha señalado hoy en la vista. "El móvil era abyecto, asesino del Derecho".

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El fiscal pide al Supremo que condene al juez Ferrín Calamita como prevaricador Empty Re: El fiscal pide al Supremo que condene al juez Ferrín Calamita como prevaricador

Mensaje  Admin Miér 23 Dic 2009 - 23:39

El Tribunal Supremo ha aumentado de dos años, tres meses y un día a 10 años de inhabilitación la condena impuesta al juez Fernando Ferrín Calamita por un delito de prevaricación judicial por haber retrasado la adopción de una menor que había sido solicitada por la compañera sentimental de la madre biológica.

El alto tribunal ha admitido parcialmente los recursos del fiscal, el juez y la mujer que iba a adoptar contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que le condenó por un delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia con la agravante de desprecio de la orientación sexual.

El Supremo, no obstante, en lugar de ese delito aprecia ahora el de prevaricación, tal y como solicitaron el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

La Sala de lo Penal del Supremo considera que la intención del juez era impedir la aplicación de la solución adoptada por la ley, -que admitió el matrimonio entre personas del mismo sexo y previó el supuesto de que el adoptado fuera hijo del consorte del adoptante- aunque "actuara en paralelo a una ideología jurídica o metajurídica propia o de algún sector social".

Además de la pena de inhabilitación, el Supremo impone a Ferrín Calamita una multa de 720 euros y una indemnización de 6.000 euros para la mujer que pretendía adoptar.

El TSJ de Murcia concluyó que el juez, -que se encuentra suspendido-, llevado por su convicción de que el matrimonio homosexual es dañino para los menores, quiso "retrasar al máximo la resolución del asunto, bien por la esperanza de que prosperara el recurso formulado por un partido político -el PP- o bien para aburrir".

El Supremo considera que los acuerdos adoptados por el juez no sólo implican unas "injustas resoluciones retardatorias" sino también un "despliegue de activa obstrucción beligerante" para impedir la aplicación de la ley, especialmente -añade- cuando trataba de cuestionar la idoneidad para la adopción por la orientación sexual de la mujer.

Aunque recuerda que la ley establece el interés superior a proteger es el del menor, para lo cual tendrá que tenerse en cuenta la idoneidad de los adoptantes, el Supremo sostiene que en este caso la adopción ha sido "anormalmente desplazada en el tiempo".

Este retraso respondió -dice el Supremo- al conflicto que se le planteó al juez entre la protección al menor y las circunstancias de la adoptante y su cónyuge, que radicaban en que eran dos mujeres.

El juez -destaca la sentencia- cualquiera que fuera su ideología jurídica o metajurídica tenía "el deber de adaptarse en su quehacer judicial a la solución ya tomada por la ley".

Ferrín Calamita adoptó "una pluralidad de acuerdos intencionada e injustamente retardatorios", además de "un despliegue de una activa obstrucción beligerante para impedir la efectiva aplicación de la voluntad legislativa".

EFE
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